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jueves, 6 de marzo de 2008

EXPERIENCIA



  • Me siento complacida ya que aprendí mucho en esta unidad curricular, tuve una experiencia nueva cuando estaba abriendo el blogger, abrí como cinco y todos se me perdieron, luego se me olvido la dirección, cuando se me dijo que isertado imágenes no lo sabia hacer y le pregunte a la profesora y me dijo los paso pero si embargo le pregunte a una amiga que como se hacia ella me dijo y así pude hacerlo dure casi dos semanas y media tratando de abrirlo hasta que al fin pude hacerlo a esta altura me defiendo más pero todavía me falta, todo esto me sirvió de practica. Pude aprender nuevas experiencia, tengo mayor satisfacción porque abrirlo un espacio no con material propias pero si pude hacerlo más detallado y resisó. También pude recalcar la importancia de trabajar sinergicamente para que todo sea mejor. Pude aprender de la profesora que da la unidad curricular R.H. que si exigimos también hay que dar, ella comprende el valor del tiempo de las personas, hiso incapies de que debíamos prepararnos antes de entrar a su clase ycomprendí que así estaba más segura el tema el cual tendríamosen la clase. APRENDÍ MUCHO............

EXPERIENCIAS NEGATIVAS

  • Me molestaba un poco cuando pasamos como 4 o más clases con el mismo tema ya que algunos alumnos contaban muchas experiencias de un solo punto, no se le puede quitar que tenia mucha lógica y caherente lo que decía pero la profesora por educada los dejaba que contara todas las que se acordara.
  • Tambien el que gritara más fuerte era el que hablaba. Tiene que saber dominar a las personas conversadoras darles su tiempo pero no es que se va a tomar todo el tiempo de la clase.

martes, 19 de febrero de 2008

TIPOS DE SINDICATOS






              • SINDICATOS DE EMPRESAS: Es aquel que agrupa trabajadores de una misma empresa.
              • SINDICATO ÍNTER-ENPRESA: Es aquel que agrupa a trabajadores de dos o más empleadores distinto.
              • SINDICATO DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES: Es aquel que agrupa a trabajadores que no dependen de enpleador alguno.
              • SINDICATO DE TRABAJADORES EVENTUALES O TRANCITORIOS: Es aquel constituido por trabajadores que realizan labores bajo dependencias o subordinación en periodos cíclicos o intermitentes.
              • SINDICATO DE INDUSTRIA: Agrupación en un solo sindicato de trabajadores de una misma profesión, oficio o pertenecientes a una industria determinada, sin considerar profesión, oficio o especialidad.
              • SINDICATO DE OFICIO: Agrupación en un solo sindicato de trabajadores de una misma profesión, oficio o especialidad, sin consideración de industria o empresa.

              sábado, 16 de febrero de 2008

              CONSTITUCIÒN DEL SINDICATO

              La constituciòn de un sindicato necesariamente debe respetar la siguiente tramitaciòn:

              • El acuerdo para la constituciòn de un sindicato debe ser adoptado en asanblea especialmente convocada para tal efecto.
              • Esta asamblea de trabajadores debera celebrarse con los quòrum mìnimos exigidos por la ley, segùn el sindicato a formar.
              • En esta asamblea, deben aprobarse los estatutos y proceder a la elecciòn del directorio, todo lo cual quedarà registrado en una acta correspondiente.
              • Se requiere necesariamente la presencia de un ministro de fe, quienes se encuentran señalados en el art.218 del codigo del trabajo; Impector de trabajo, Notario Pùblico,Oficial de Registro Civil y los funcionarios de Estado que sean designados en calidad de tal por la Direcciò del trabajon.
              • Las votaciones seràn siempre secretas y personales.

              POLÌTICA SALARIAL ES NUEVA FORMA DE CORRUPCIÒN




              martes, 15 de enero de 2008

              IMPORTANCIA DEL SINDICATO



              El hecho sindical es un fenómeno espontáneo que deriva de la tendencia
              natural de agregación de los individuos condicionados a una misma socio-
              económia. El sindicato ostenta la importancia de ser uno de los sujetos del derecho del trabajo.

              IMPORTANCIA DEL SINDICATO

              El hecho sindical es un fenòmeno espontàneo que deriva de la tendencia natural de agregaciòn de los individuos condicionados a una misma socio-econòmia.El sindicato ostenta la importancia de ser uno de los sujetos del derecho del trabajo

              lunes, 14 de enero de 2008

              RECLAMOS COLECTIVOS

              El derecho del trabajo tiene una dinámica más activas que las demás ramas del derecho.
              Las normas que lo componen son el resultado de la lucha permanente de los obreros. Esas normas pueden ser dictadas por el Estado o ser el resultado de convenios colectivos; pero su
              causa radica siempre en la exigencia de los trabajadores de que se mejore su situación económica
              y social.En materia laboral el Estado, y especialmente el poder Ejecutivo, tiene una participación
              decisiva. A través del Ministerio de trabajo interviene en todo los conflictos de trabajo y casi
              siempre les pone término dictando las correspondientes resoluciones. Las reclamaciones
              colectivas pueden ser interpuesta por que las empresarios o el Estado cumplan con hacer
              efectivo los derechos ya obtenidos o para conseguir nuevos derechos.

              miércoles, 12 de diciembre de 2007

              SINDICATO

              • Se define como una agrupación de personas que luchan por la justicia social y por los intereses de la clase trabajadora y sindicalismo, como la lucha por la misma justicia y por los mismos intereses. El sindicato, podemos afirmar, que es una organización social puesta al servicio de los trabajadores e indirectamente de la sociedad.
                Los trabajadores del servicio privado y de las empresa del estado cualquiera sea su naturaleza jurídica tiene el derecho de constituir, sin autorización previa, las organizaciones sindicales que estimen conveniente. Los trabajadores al forjar un sindicato pretenden alcanzar los siguientes:
              • Representar a los trabajadores en el ejercicio de los derechos emanados de los contratos individuales de trabajo, requeridos por los asociados.
              • Velar por el cumplimiento de las leyes del trabajo o de la seguridad social, denunciar sus infracciones ante las autoridades administrativas o judiciales, actuar como parte en los juicios o reclamaciones a que den lugar la aplicación de multa u otras sanciones.
              • Actuar como parte en los juicios o reclamaciones, de carácter judicial o administrativo, que tengan por objeto denunciar practicas desleales.
              • Prestar ayuda a sus asociados y promover la cooperación mutua entre los mismos, estimular su convivencia humana e integral y proporcionarles recreación.
              • Promover la educción gremial, técnica y general de sus asociados.
              • Canalizar inquietudes y necesidades de integración respecto de la empresa y su trabajo.
              • Propender el mejoramiento de sistemas de prevención de riesgo de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
              • Constituir, concurrir a la constitución o asociarse a instituciones de carácter provisional o de salud, cualquiera sea su naturaleza jurídica y participar en ellas.
              • Constituir, concurrir a la constitución o asociarse a mutualidades, fondos u otros servicios y participar en ellos. estos servicios pueden consistir en asesorías técnicas, jurídica, educacionales, culturales, de promoción socio-económicas y otras.
              • Propender al mejoramiento del nivel de empleo y participar en funciones de colocación de trabajadores.
              • En general, realizar todas aquellas actividades contempladas en los estatus y que no estuvieren prohibidas por la ley.

                objetivo
                En este tema se lleva a cabo la comprensión de manera clara, precisa usando métodos sencilla.Los elementos esenciales de las relaciones obrero patronales tiene su finalidad en la equidad de ambas partes ya que esto nos ayuda a tener un mejor desarrollo dentro de las organizaciones y respecto al país nos permite tener una estabilidad que la necesitamos para no tener un clima de incertidumbre para que empresas extranjeras inviertan el capital en nuestro país.El patrón debe tener un panorama muy amplio para con sus trabajadores o sindicato y cumplir sus necesidades sin llegar al paternalismo.En lo realizado veremos los derechos y obligaciones tanto de los patrones como de los trabajadores por lo tanto la ley regula a cada uno de estos grupos como un tercero en discordia con el fin de mantener la congruencia entre dichos miembros.Para eso necesitamos saber el resultado del contenido de un orden general de relaciones de derecho establecido, desde luego más permanentes de menor limitación en su alcance.Las obligaciones en términos generales se clasifican en función de la naturaleza de su objeto como lo menciona el Artículo 1824 del Código Civil se dice:I.- La cosa que el obligado debe de dar.II.- El hecho que el obligado debe hacer o no hacer.La diversidad de objetos determinados, con esto se habla de obligaciones de no hacer que en términos menos técnicos se denominan prohibiciones, ahora bien, en el derecho del trabajo, tiene un especial significado las conductas patronales, que se caracterizarse como una obligación típica de no hacer, no implica una conducta propia sino la aceptación de una conducta ajena, así podemos hablar de obligación de tolerar.Con lo siguiente nos podemos dar cuenta de la complejidad de llevar a cabo de manera eficiente las relaciones obrero patronales.El objetivo fundamental es tener unas buenas relaciones laborales para la productividad de la empresa, los patrones y trabajadores teniendo siempre una equidad y responsabilidad con su trabajo.


              SINDICATO


              Se define como una agrupación de personas que luchan por la justicia social y por los intereses

              de la clase trabajadora y sindicalismo, como la lucha por la misma justicia y por los mismos

              intereses. El sindicato, podemos afirmar, que es una organización social puesta al servicio de los

              trabajadores e indirectamente de la sociedad.

              Los trabajadores del servicio privado y de las empresa del estado cualquiera sea su naturaleza

              jurídica tiene el derecho de constituir, sin autorización previa, las organizaciones sindicales que

              estimen conveniente.

              Objetivo de un sindicato en la empresa

              Los trabajadores al forjar un sindicato pretenden alcanzar los siguientes objetivos:

              Representar a los trabajadores en el ejercicio de los derechos emanados de los contratos

              individuales de trabajo, requeridos por los asociados.

              Velar por el cumplimiento de las leyes del trabajo o de la seguridad social, denunciar sus

              infracciones ante las autoridades administrativas o judiciales, actuar como parte en los juicios o

              reclamaciones a que den lugar la aplicación de multa u otras sanciones.

              Actuar como parte en los juicios o reclamaciones, de carácter judicial o administrativo, que

              tengan por objeto denunciar practicas desleales.

              Prestar ayuda a sus asociados y promover la cooperación mutua entre los mismos, estimular su

              convivencia humana e integral y proporcionarles recreación.

              Promover la educción gremial, técnica y general de sus asociados.

              Canalizar inquietudes y necesidades de integración respecto de la empresa y su trabajo.

              Propender el mejoramiento de sistemas de prevención de riesgo de accidentes de trabajo y

              enfermedades profesionales.

              Constituir, concurrir a la constitución o asociarse a instituciones de carácter provisional o de

              salud, cualquiera sea su naturaleza jurídica y participar en ellas.

              constituir, concurrir a la constitución o asociarse a mutualidades, fondos u otros servicios y

              participar en ellos. estos servicios pueden consistir en asesorías técnicas, jurídica, educacionales,

              culturales, de promoción socio-económicas y otras.

              Propender al mejoramiento del nivel de empleo y participar en funciones de colocación de

              trabajadores.

              En general, realizar todas aquellas actividades contempladas en los estatus y que no estuvieren

              prohibidas por la ley.

              Objetivos: En este tema se lleva a cabo la comprensión de manera clara, precisa usando metodos

              sencilla.Los elementos esenciales de las relaciones obrero patronales tiene su finalidad en la

              equidad de ambas partes ya que esto nos ayuda a tener un mejor desarrollo dentro de las organizaciones y respecto al país nos permite tener una estabilidad que la necesitamos para no

              tener un clima de incertidumbre para que empresas extranjeras inviertan el capital en nuestro

              país. El patrón debe tener un panorama muy amplio para con sus trabajadores o sindicato y

              cumplir sus necesidades sin llegar al paternalismo. En lo realizado veremos los derechos y obligaciones tanto de los patrones como de los trabajadores por lo tanto la ley regula a cada uno

              de estos grupos como un tercero en discordia con el fin de mantener la congruencia entre dichos

              miembros.Para eso necesitamos saber el resultado del contenido de un orden general de

              relaciones de derecho establecido, desde luego más permanentes de menor limitación en su

              alcance.Las obligaciones en términos generales se clasifican enfunción de la naturaleza de su

              objeto como lo menciona el Artículo 1824 del código civil se dice:I.- La cosa que el obligado debe

              de dar.II.- El hecho que el obligado debe hacer o no hacer.La diversidad de objetos

              determinados, con esto se habla de obligaciones de no hacer que en términos menos técnicos se

              denominan prohibiciones, ahora bien, en el derecho del trabajo, tiene un especial significado las

              conductas patronales, que se caracterizarse como una obligación típica de no hacer, no implica

              una conducta propia sino la aceptación de una conducta ajena, así podemos hablar de obligación

              de tolerar.Con lo siguiente nos podemos dar cuenta de la complejidad de llevar a cabo de manera

              eficiente las relaciones obrero patronales.El objetivo fundamental es tener unas buenas

              relaciones laborales para la productividad de la empresa, los patrones y trabajadores teniendo

              siempre una equidad y responsabilidad con su trabajo.


              jueves, 29 de noviembre de 2007

              RELACIONES LABORALES


              La relación laboral o las relaciones laborales; son aquellas que se establecen entre el trabajo y el capital en el
              proceso productivo. En esa relación, la persona que aporta el trabajo se denomina trabajador, en tanto que la
              que aporta el capital se denomina empleado, patronal, empresario o capitalista. El trabajador siempre es una
              persona física, en tanto que el empleador puede ser tanto una persona fisica como una persona jurídica. En las
              sociedades modernas la relación laboral se regula por un contrato de trabajo en el cual ambas partes son
              formalmente libres. Sin embargo un trabajador aislado se encuentra en una situación de hecho de debilidad
              frente al empleador que le impide establecer una relación libre, por lo que se entiende que una relación
              laboral para que sea realmente libre debe realizarse en forma colectiva, entre los trabajadores organizados
              sindicalmente y el empleador.